Antesalas, 27 de noviembre de 2012.-
VISTO:
El DECRETO 30202 que declaró de Interés Municipal el 1º
Encuentro Nacional de Mujeres Lesbianas y Bisexuales” organizado por Las
Safinas y la
Asociación Civil VOX en mayo de 2008;
La Ordenanza 8746 que establece, en nuestra Ciudad, el
día 7 de marzo de cada año como “Día de lucha contra la lesbofobia” ; y
CONSIDERANDO:
Que, el trabajo y lucha de las organizaciones
de la diversidad afectivo sexual, han enriquecido y enriquecen el trabajo de
este Concejo Municipal, quien haciéndose
eco de los reclamos y con su apoyo ha producido importante normativa que pone a
Rosario a la vanguardia en materia de inclusión y ampliación de visibilidad y
reconocimiento del personalísimo derecho de igualdad y libertad de las personas
gays, lesbianas, bisexuales y trans;
Que es importante seguir proponiendo
normativa de visibilidad e integración de todos y todas sin distinciones como
expresan nuestra Constitución Nacional y los Tratados Internacionales incluidos
en ella;
Que a raíz de las luchas de las
organizaciones del movimiento feminista, los avances sobre la igualdad de
oportunidades y de trato de esa parte importante de la humanidad que
constituyen las mujeres, en las últimas décadas ha sido y sigue siendo
sostenida y progresiva;
Que respecto al término lesbiana, con
un sentido político y transformador, surgió en el seno del movimiento feminista
de la llamada segunda ola, hacia los años ´70 y ´80 del siglo XX, cuando las
feministas lesbianas se atrevieron a “nombrar el amor entre mujeres como
relación social y política;
Que es necesario destacar que las
lesbianas son condenadas por su definición sexual y también por su condición de
mujeres, y ello les supone un doble esfuerzo y participación tanto en los
movimientos feministas como en las organizaciones de la diversidad afectivo
sexual;
Que la
invisibilidad de las mujeres lesbianas es un aspecto de su activismo tan
fundamental como su inclusión en las agendas de políticas públicas hacia el
colectivo LGBT y también dentro de las propuestas que el Estado en todos sus
estamentos tiene orientado hacia mujeres y niñas;
Que, cuando sobre derechos e inclusión
se trata, hemos expresado y sostenemos que para que todos y todas podamos
ejercer plenamente nuestros derechos es fundamental visibilizarlos, difundirlos
y generar los instrumentos para su mayor acceso,
Que el municipio tiene una “Área de
atención en violencia de género”, que
cuenta con dispositivos de difusión y atención de mujeres y sus hijos e hijas
víctimas de violencia tanto por parte sus parejas, ex parejas, novios/as,
familiares;
Que es necesario profundizar las
acciones de visibilidad de las mujeres lesbianas, quienes también sufren
violencia familiar por parte de sus parejas mujeres o ex-pareja, novias y
otros/as familiares, y que si bien
quienes se acercan tienen a su alcance todos los recursos disponibles desde el
“Área de atención en violencia de
género” del municipio es oportuno que las campañas de difusión las incluyan
específicamente es sus publicaciones, materiales, publicidades y campañas;
Es
por lo antes expuesto que los Concejales y las Concejalas abajo firmantes
presentan para su tratamiento y aprobación el presente proyecto de:
ORDENANZA
Artículo 1º.- El DE a través del Instituto Municipal de la Mujer y del “Área de
atención en violencia de género”
dependiente de la
Secretaría de Promoción Social, incluirá en toda campaña,
material de difusión y publicaciones la perspectiva de la realidad de las
mujeres lesbianas, atentos a que su visibilidad es una cuestión de igualdad de
derechos, social y política, de reconocimiento, valoración, respeto e inclusión
de este particular colectivo de mujeres.
Artículo 2°.- Comuníquese con sus
considerandos.-
Antesalas, 27 de noviembre de 2012.-
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